Se inicia proceso de elaboración del decreto supremo que establecerá las metas de recolección y valorización de textiles.

Con fecha 10 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial la resolución exenta N°1.064/2026 del Ministerio del Medio Ambiente (“Resolución”), que inicia el procedimiento de elaboración del Decreto Supremo que establecerá metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas para textiles, en el marco de la responsabilidad extendida del productor regulada por la Ley N°20.920 (Ley REP).

Entre los aspectos más relevantes de la Resolución, destacan los siguientes:

  • Inicio del procedimiento y alcance preliminar. La Resolución da inicio formal al procedimiento regulatorio y establece, de manera preliminar, que se entenderá por “textiles” aquellos productos compuestos principalmente por fibras textiles, cualquiera sea su estado de elaboración y el procedimiento de mezcla o ensamblaje utilizado. El producto prioritario comprende, en forma preliminar: (i) prendas de vestir; (ii) textiles del hogar; (iii) calzado compuesto principalmente por materiales textiles; y (iv) accesorios y otros textiles. Estas categorías se aplicarán con independencia del uso del producto y de si es nuevo o de segunda mano, siempre que corresponda a su primera introducción al mercado nacional.
  • Presentación de antecedentes. Se fija un plazo de 45 días hábiles contado desde la publicación de la Resolución para presentar antecedentes técnicos, económicos y sociales sobre la materia a regular. Los antecedentes deben ser fundados y entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente o enviarse al correo electrónico reptextiles@mma.gob.cl.
  • Comité Operativo Ampliado. La Resolución dispone la conformación de un Comité Operativo Ampliado, integrado por organismos públicos y representantes de municipalidades, productores de textiles, comercializadores y distribuidores, gestores de residuos, consumidores, recicladores de base, instituciones académicas y organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental.
  • Elaboración del anteproyecto. El Ministerio del Medio Ambiente contará con un plazo de seis meses, contado desde la publicación de la Resolución, para elaborar y dictar el anteproyecto de decreto supremo. En el marco de este procedimiento, deberán considerarse los antecedentes disponibles, los estudios identificados en la propia Resolución y las observaciones o aportes recabados a través de la consulta al Comité Operativo Ampliado.

La Resolución constituye la primera etapa formal del proceso destinado a determinar las metas y obligaciones que resultarán aplicables al nuevo producto prioritario “textiles”. El contenido definitivo de dichas metas, las categorías reguladas y las demás obligaciones asociadas será definido en el decreto supremo que se dicte al término del procedimiento.

VOLVER