Regulación para bolsas plásticas

Con fecha 3 de agosto de 2018, se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.100, que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, con el objetivo general de proteger el medio ambiente. Como se desprende de su enunciado, el contenido de la ley es básicamente el establecimiento de una prohibición, la cual recae sobre la entrega de “bolsas plásticas de comercio” y es exigible a los “establecimientos de comercio”.  

  • Objeto: bolsas plásticas de comercio

    Para efectos de la Ley 21.100, se entenderá que una bolsa queda sujeta a la prohibición cuando cumpla, copulativamente, las siguientes características:
    • Debe tratarse de un embalaje flexible constituido de un cuerpo tubular cerrado en uno de sus extremos.
    • Debe tener como componente fundamental un polímero que se produce a partir del petróleo. La ley no especifica qué se entiende por componente fundamental para estos efectos, motivo por el cual se deberá analizar caso a caso si una determinada bolsa cuenta con un polímero de petróleo como elemento primario en su composición.
    • Debe ser entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías. En el caso de compras realizadas por medios electrónicos, sólo aplicará a la bolsa que se entrega para el transporte de mercaderías al consumidor final.
  • Destinatarios: establecimientos de comercio

    Los sujetos obligados a cumplir con esta prohibición son los establecimientos de comercio, entendiéndose por ellos cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios. Se trata de una definición amplia, que engloba a todos aquellos establecimientos que vendan, distribuyan o comercialicen productos o servicios. 
  • Fiscalización y sanciones

    La fiscalización del cumplimiento de la ley queda entrega a las Municipalidades. La entrega de bolsas plásticas de comercio en contravención a la ley sancionará con multas de hasta 5 UTM, impuestas por el juzgado de policía local correspondiente. Para efectos de determinar el monto específico de la multa a imponer se establecen los siguientes criterios: (i) número de bolsas plásticas de comercio entregadas, (ii) conducta anterior del infractor, y (iii) capacidad económica del infractor.

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