Se amplía el plazo del requerimiento de información a los productores de productos prioritarios en el marco de la Ley REP

El Ministerio del Medio Ambiente (MMA), mediante Resolución Exenta N° 784/2018, ha decidido ampliar el plazo para la entrega de información requerida a los productores de productos prioritarios, hasta el 31 de octubre de 2018.

Contexto

En mayo de 2018, mediante Resolución Exenta N° 409/2018, el MMA realizó un requerimiento de información a los productores de productos prioritarios, en el marco del proceso de elaboración de los decretos supremos que establecerán metas y obligaciones asociadas a cada clase de producto.

Dicho requerimiento fijaba el 31 de agosto de 2018 como plazo límite para entregar la información requerida. Dado que el MMA constató que se recibieron menos reportes que los presentados a la misma fecha en 2017, resolvió ampliar este plazo hasta el 31 de octubre próximo.

Destinatarios

El requerimiento de información está dirigido a los productores de los siguientes productos prioritarios:

  • Aceites lubricantes;
  • Aparatos eléctricos y electrónicos;
  • Baterías;
  • Envases y embalajes;
  • Neumáticos;
  • Pilas; y
  • Diarios, periódicos y revistas

Obligación de informar

Los productores deberán entregar la siguiente información a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC):

  • Cantidad de productos prioritarios comercializados en el país durante el año 2017.
  • Actividades de recolección, valorización y eliminación realizadas en igual periodo, y su costo.
  • Cantidad de residuos recolectados, valorizados y eliminados en dicho lapso.

Indicación de si la gestión para las actividades de recolección y valorización se realiza de manera individual o asociada con otros productores.

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