Ley REP: Ministerio del Medio Ambiente da inicio al proceso de elaboración del Decreto Supremo que establecerá metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a baterías

Por medio de la Resolución Exenta N° 1.138 de fecha 20 de octubre de 2023 (la “Resolución”) el Ministerio del Medio Ambiente (el “MMA”) dio inicio al proceso de elaboración del Decreto Supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a baterías (el “Decreto”).

De forma preliminar, la Resolución establece que se entenderá por baterías a todo dispositivo de más de 5 kilos que suministre energía eléctrica obtenida por transformación directa de energía química. Asimismo, establece las siguientes categorías preliminares: (i) baterías de plomo-ácido; (ii) baterías de ion-litio; y (iii) otras baterías.

La Resolución fijó como fecha límite para recibir antecedentes técnicos, económicos y sociales sobre la materia, el día hábil número 30 contado desde su publicación, lo cual ocurrió el día 14 de noviembre de 2023, en consecuencia, la fecha límite es el día 28 de diciembre de 2023.  

Asimismo, la Resolución establece que se debe convocar a un comité operativo ampliado, el cual estará integrado por: (i) un representante del MMA; (ii) un representante del Ministerio de Salud; (iii) un representante del Ministerio de Energía; (iv) un representante del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; (v) un representante del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; (vi) un representante de las asociaciones de municipalidades; (vii) cuatro representantes de productores de baterías; (vii) un representante de productores de baterías que constituyan empresas de menor tamaño; (ix) tres representantes de gestores de residuos; (x) un representante de los consumidores; (xi) un representante de los recicladores de base; (xii) un académico experto; (xiii) un representante de una Organización No Gubernamental que tenga como objetivo el cuidado del medio ambiente; y (xiv) dos representantes de los comercializadores y distribuidores de baterías.

Para la designación de los integrantes referidos en las letras (vii) a (xiv), la Resolución dispone que el MMA convocará, mediante la publicación de un aviso en su sitio web, a las entidades respectivas a participar en el proceso de postulación. Las entidades deberán presentar su postulación dentro del plazo de 10 días hábiles, contado desde la publicación de la convocatoria, designando a dos personas naturales para integrar el comité, una en calidad de titular y la otra en calidad de suplente, debiendo acompañar el currículum vitae de estos, en el cual se acredite su idoneidad para representar al sector.

La Resolución establece un plazo de 6 meses para dictar el anteproyecto del Decreto.

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